La cancelación de bodas puede desproteger a las parejas de lesbianas

30 de abril de 2020.

Por Redacción AmecoPress

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Madrid, 30 abril 2020. AmecoPress – La situación de discriminación que vivían las parejas de mujeres lesbianas a la hora de inscribir a sus hijos e hijas en el registro civil se agrava a raíz de la crisis sanitaria. Aquellas parejas de lesbianas que estén esperando a su bebé y no puedan formalizar su unión podrían quedar desamparadas.

En nuestro país a día de hoy a dos mujeres que formen una pareja y tengan descendencia se les exige estar casadas para que las dos aparezcan automáticamente en el registro como madres de la criatura. A una pareja heterosexual no. En caso de no estar casadas, la madre no gestante debe iniciar un proceso de adopción del menor, que sería considerado como hijo o hija de su pareja. Únicamente por este motivo muchas parejas de lesbianas daban el paso de formalizar su relación.

Desde la entrada en vigor del estado de alarma, las cancelaciones y aplazamientos de bodas han agravado la situación de aquellas parejas formadas por mujeres que tenían previsto casarse antes de que naciera su bebé en estas fechas. Ahora podrían verse abocadas a los procesos de adopción sin ser éste su deseo desde el principio. Para evitar estas y otras situaciones de discriminación que pueda sufrir el colectivo LGTBI como consecuencia de la situación que estamos viviendo por la crisis sanitaria, la nueva Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI ha hecho pública una guía de recomendaciones. El Ministerio de Igualdad, del que depende este organismo, pretende dar así respuesta a la situación en la que quedarían las y los menores cuyas madres no hayan contraído el matrimonio.

En este sentido se dirige a aquellas parejas que ya hubieran iniciado el expediente en el Registro Civil y haya sido pospuesto, a raíz del estado de alarma, para después de la fecha prevista del nacimiento. Se invita a las mujeres que se encuentren en esta situación a que se pongan en contacto con la Dirección General a través del correo electrónico: dg.lgtbi@igualdad.gob.es; o con la la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (del Ministerio de Justicia). Desde ahí se pondrán en contacto con el Registro Civil que corresponda en cada caso.

Elena Olaortua, abogada de ALDARTE, considera que estos procesos no se sabe cómo se van a resolver hasta que no se levante el estado de alarma. La solución que proponen desde el Ministerio sería un mero trámite informativo. “Luego tendrán que ir viendo caso por caso y si flexibilizan los requisitos”, “más que el hecho de que la persona se comunique por correo electrónico debería ser a la inversa: una directriz para que luego una vez se levante el estado se establezca un criterio unificado”.

Foto: Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI
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30 abril 20. AmecoPress

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