Reclaman “nulidad de pleno derecho” del procedimiento para la inscripción del sindicato OTRAS
Madrid, 30 oct. 18. AmecoPress.- La Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres y la Plataforma 8 de Marzo de Sevilla, han solicitado conjuntamente a la Dirección General de Trabajo adscrita al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social la “nulidad de pleno derecho” del procedimiento seguido por la administración para la inscripción del sindicato OTRAS, ante lo que consideran una “dejación del gobierno y de la administración”.
Esta petición ha sido efectuada por el movimiento feminista ante la “certeza de que la inscripción del sindicato atenta contra los derechos humanos de las mujeres, ya que la prostitución es una de las formas más execrables de violencia sexual ejercida contra las mujeres y las niñas, suponiendo una de las expresiones de dominación y violencia patriarcal, de todo punto incompatibles con la igualdad real entre mujeres y hombres, que no pueden ser legalizables, ni amparables bajo ningún paraguas de normalización de dicha violencia”.
La Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres ya interpuso una demanda judicial instando la nulidad de pleno derecho de los estatutos y del acta de constitución del sindicato ante la Audiencia Nacional. Ahora vuelve a actuar, esta vez contra el Gobierno, y solicitando al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social que enmiende su “negligencia institucional” en este asunto, puesto que cualquier negligencia o inacción gubernamental, podría suponer la “normalización de la prostitución y la legalización de organizaciones de proxenetas”, intentando equipararse a organizaciones que defienden los derechos de trabajadoras y trabajadores, cuando en realidad “son el segundo negocio ilícito a nivel mundial”.
La petición ante la Administración se realiza tras la dejación del propio Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en efectuarlo de oficio tal como había asegurado, así como ante la alarma generada con sus declaraciones en los medios de comunicación acerca de que no actuarán de oficio, permaneciendo a la esperar de una resolución judicial.
La “errática actuación” de la Administración, según palabras de las organizaciones denunciantes, ante un asunto de esencial trascendencia para todas las mujeres y, por ende, para toda la sociedad, “pone en cuestión las declaradas posiciones abolicionistas del actual gobierno, así como el compromiso del mismo en la lucha contra todas las formas de violencia contra las mujeres, por lo que conlleva de vulneración de derechos humanos la admisión de un Sindicato denominado de trabajadoras sexuales (OTRAS) en el Estado español”.
Por su parte, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social señala la vía judicial como la más viable para impugnar los Estatutos de la organización “OTRAS” y ha remitido un informe al Ministerio de Justicia, para su traslado a la Fiscalía General del Estado, con el fin de impugnar los Estatutos de la organización.
En un comunicado emitido desde el Mitramiss se asegura que “el Gobierno no puede admitir la constitución de un sindicato que, según las informaciones conocidas con posterioridad al depósito de sus Estatutos ante la Dirección General de Trabajo, ha afirmado perseguir la defensa y promoción de la prostitución, el otorgamiento de derechos laborales a quienes ejercen la prostitución y, por tanto, la normalización de la relación existente entre quien ejerce la prostitución y el proxeneta”.
Responsables del ministerio argumentan que tras analizar la legislación sobre libertad sindical y las diversas vías existentes en Derecho, “la alternativa jurídica más viable y más efectiva para corregir la situación creada por el depósito de los Estatutos de OTRAS es la impugnación en vía judicial de los mismos ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, todo ello de acuerdo con lo establecido por la Ley de la Jurisdicción Social, que reconoce la legitimación del Ministerio Fiscal para esa impugnación”.
El escrito del Ministerio considera que los Estatutos de OTRAS vulneran el derecho a fundar sindicatos puesto que dicho derecho sólo se reconoce a las personas trabajadoras por cuenta ajena y la prostitución nunca puede ser objeto de un contrato de trabajo. Por ello, los Estatutos de OTRAS vulneran la Ley Orgánica de Libertad Sindical, los artículos 10 y 14 de la Constitución referidos a la dignidad de la persona y al principio de igualdad, así como la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres de 2007.
“La prostitución no es una situación neutra, lleva aparejada la explotación sexual de una persona, mayoritariamente mujer, y con mucha frecuencia aparece anudada a situaciones de trata de seres humanos, que los poderes públicos tienen el deber de combatir con todos los instrumentos del Estado de Derecho”, concluyen desde el Ministerio.
Foto: AmecoPress.
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Política – Legislación – Debates – prostitución – Movimiento feminista; 30 oct. 18. AmecoPress.