Mujeres Juezas denuncia la negativa a los jueces de disfrutar de 4 semanas de paternidad
Madrid, 09 marzo. 17. Amecopress. El pasado 16 de febrero, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), aprobó el Acuerdo 1.3 -13º cuyo tenor literal es el siguiente: “1.- Considerar que la duración del permiso de paternidad para jueces y magistrados a la luz de lo dispuesto en el artículo 373.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en relación con el artículo 122 de la Constitución Española es de quince días (…)”.
Con dicha resolución se niega a los jueces, la extensión del permiso de paternidad de 4 semanas que, con carácter general para todos los empleados públicos y trabajadores se reconoce por la ley 9/2009 con efectos desde el 1 de enero de 2017, según denuncia en un comunicado la Asociación de Mujeres Juezas.
“El CGPJ escudándose en una interpretación formal y literalista de la normativa judicial estatutaria, discrimina y ataca frontalmente los principios constitucionales de igualdad, no discriminación y protección de la familia (artículos 1, 9.2º, 14 y 18 CE) y consagra un inexplicable retroceso en sus políticas de conciliación que restringe derechos adquiridos y perjudica gravemente el derecho a conciliar de todo el colectivo judicial, máxime cuando los permisos y excedencias por cuidados de hijos/as y familiares en la carrera judicial, son monopolizado por las juezas (98’38%) según las estadísticas del CGPJ (de un total de 287 excedencias para cuidado de hijos/as o familiares reconocidas, sólo 3 se habían pedido por jueces hombres.)”, denuncian.
La Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE) quiere mostrar su más frontal oposición a esta “lamentable decisión del órgano de gobierno judicial”, y denuncian que en otras ocasiones no ha tenido reparos para realizar interpretaciones integradoras y flexibles de la normativa (por ejemplo, con el permiso de lactancia o de maternidad).
Desde la AMJE vienen reclamando “la equiparación de permisos parentales iguales e intransferibles -respecto de los que se han dado algunos pasos significativos a nivel político y social- porque consideramos que la no equiparación con la prestación de maternidad, es un acto discriminatorio por razón de sexo”. La diferencia de trato entre el permiso de maternidad y el de paternidad “no se sostiene ni con el objetivo de la protección a la mujer ni con el de la protección a la familia o a la infancia. Por el contrario para lograr estos objetivos es imprescindible la existencia de permisos iguales, totalmente intranferibles y pagados al 100% para cada uno de los progenitores. Esta es una demanda exigible también en la Carrera Judicial, en la que en el momento actual como mínimo debiera establecerse un permiso de paternidad de 4 semanas para equipararlo a la modificación del art. 48 ET por ley 9/2009”.
El comunicado concluye recordando que la situación actual “perpetua una postura de grave regresión jurídica y social y demandamos del órgano de gobierno de la Carrera Judicial con urgencia, una interpretación de la norma conforme con el sistema jurídico imperante y la realidad social y política a la que debe responder una democracia igualitaria”. “Sin Corresponsabilidad, No hay Igualdad”.
Fotos AmecoPress
Estado español – Comunicados – Legislación y género – Conciliación; 09 de marzo. 17. AmecoPress