El Tribunal de la UE considera discriminatorio el permiso de lactancia en España

1ro de octubre de 2010.

Por Argelia Villegas López

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Argumenta que la ley discrimina a los padres y es contrario al principio europeo de igualdad


Madrid, 01 oct (10). AmecoPress El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que la ley española que regula los permisos de lactancia es “discriminatoria” con los padres porque; “establece una discriminación no justificada basada en el sexo y en el caso de que la madre trabaje por cuenta propia”, así lo dio a conocer en su portal web bajo el asunto “C104/09” en la sentencia contemplada en el ámbito jurídico de política social.

Según el estatuto español de las y los trabajadores, se prevé que las madres empleadas por cuenta ajena puedan disfrutar del permiso de lactancia durante los nueve meses siguientes al nacimiento del o la bebé. Este permiso autoriza la ausencia del trabajo durante una hora o una reducción de la jornada en media hora en el periodo indicado.

La ley estima que el permiso puede ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre, pero sólo en caso de que ambos trabajen por cuenta ajena, es decir, que un padre sólo podrá acceder a este permiso si la madre de su hijo renuncia a él y ella deberá ser trabajadora por cuenta ajena.

Debido a ello el Tribunal emitió un comunicado en el cual argumenta que esta medida es una “discriminación por sexo”, lo cual contraria la directiva europea que regula esa materia.

Los jueces del Tribunal consideran que “el hecho de que sólo la mujer trabajadora pueda disfrutar de este derecho mientras que el hombre trabajador no puede acceder a él directamente, contribuye a perpetuar un reparto tradicional de funciones al mantener a los hombres en una posición subsidiaria respecto al ejercicio de su función parental”.

Además el Tribunal agrega que la medida podría provocar que una madre que trabaje por cuenta propia se vea obligada a limitar su actividad profesional y a afrontar sola la responsabilidad derivada del nacimiento de su hija o hijo sin poder recibir ayuda del padre del menor.

El Tribunal de Justicia se pronunció de esta forma el día de ayer, en relación a la normativa española a petición del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que tramitaba un recurso de apelación de un trabajador en este sentido, y tenía dudas sobre la vinculación entre el permiso y el hecho biológico de la lactancia.

Ley española de lactancia

El permiso de lactancia se estableció en 1990 para facilitar la lactancia por parte de la madre, pero en vista de que actualmente debe considerarse como un mero tiempo de cuidado del hijo y como una medida conciliadora de la vida familiar y laboral tras el disfrute del permiso de maternidad.

Fotos: archivo AmecoPress

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Unión Europea – Política - Políticas de Igualdad – Conciliación; 01 octubre (10), AmecoPress

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