Contratación de personal desempleado para propiciar la conciliación de la vida laboral y familiar de trabajadoras y trabajadores fijos
Mérida. 07 feb. 11. AmecoPress/Extremadura.- El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto en el que se regulan las subvenciones que la Consejería de Igualdad y Empleo concederá a las empresas para la contratación, en régimen de interinidad, de personas desempleadas que sustituyan a sus trabajadores con reducción de jornada o en situación de excedencia por cuidados de hijos/as o familiares dependientes. Las ayudas oscilarán entre los 2500 euros a las 900 en función de los distintos supuestos.
Se trata de una medida recogida en el Plan de Fomento y Calidad del Empleo en Extremadura, con el objetivo de promover la corresponsabilidad en hombres y mujeres en la asunción de tareas familiares y de reconocer el derecho de la conciliación de la vida laboral, personal y familiar como parte integrante de la calidad del empleo y no como un aspecto relacionado con mujeres.
La aprobación de este decreto cumple dos objetivos: favorece la conciliación de los trabajadores en el sector privado y también es una medida dinamizadora del mercado laboral, pues se incentiva a las empresas para que contraten en régimen de interinidad a personas desempleadas y así poder sustituir a los trabajadores que hayan solicitado reducción de la jornada laboral o se encuentren en citación de excedencia. Podrán solicitar subvenciones al SEXPE para así minimizar el impacto que dichas situaciones transitorias puedan producir en su actividad.
Obtendrán estos beneficios las pequeñas y medianas empresa (PYMES), ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro. El SEXPE incentivará a las empresas para que procedan por el cuidado de hijos o de familiares dependientes.
Situaciones de excedencia
En los supuestos de contrataciones para sustituir a personas trabajadoras en excedencia, la cuantía de la subvención será de 1500 euros si es jornada completa, que se reducirá proporcionalmente cuando sea a tiempo parcial.
Reducción de jornada
En los supuestos de reducción de jornada, que no podrá ser inferior al 50% de la jornada habitual de la empresa, sector o actividad de que se trata, el importe de la subvención será de 900 euros.
Las cuantías se incrementarán en 1000 euros cuando la persona que reduzca su jornada o disfrute de la excedencia sea un hombre. Igualmente, se incrementarán en 500 euros si la contratación efectuada para cubrir la excedencia o reducción de jornada es de una mujer.
El periodo para solicitar las subvenciones se especificará en la orden que regule la convocatoria para 2011.
Foto: Archivo AmecoPress
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Autonomías – Economía – Empleo y género – Conciliación. 07 feb. 11. AmecoPress.