Composición del nuevo Ministerio de Igualdad
El Boletín Oficial del Estado publica hoy el Real Decreto por el que se aprueba la estructura orgánica de los departamentos ministeriales con objeto de facilitar el desarrollo del programa político del gobierno socialista.
Entre las novedades del recién creado Ministerio de Igualdad, cuya titular es Bibiana Aído, se suprime la Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer que se integra en la nueva Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, se crea también una Dirección General para las políticas de Igualdad en el Empleo y otra Dirección General contra la Discriminación.
Se crea un nuevo organismo que ya contemplaba la Ley de Igualdad, el Consejo de Participación de la Mujer. En él está previsto que tengan voz y debate las asociaciones feministas.
El Ministerio de Igualdad, quedará estructurado en los siguientes órganos directivos:
Una Subsecretaría de Igualdad de la que dependerá la Secretaría General Técnica y una Secretaría General de Políticas de Igualdad, con rango de subsecretaría, de la que dependerán:
– La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género que asume las competencias de la suprimida Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer.
– La Dirección General para la Igualdad en el Empleo, a la que corresponde el desarrollo de las políticas de igualdad en materia de empleo.
– La Dirección General contra la Discriminación que se encargará del desarrollo de las políticas de lucha contra la discriminación por razón de género
Por otra parte, se adscriben a la Secretaría General de Políticas de Igualdad el Instituto de la Mujer y el Consejo de Participación de la Mujer; y a la Subsecretaría de Igualdad, el Instituto de la Juventud y el Consejo de la Juventud de España, pertenecientes anteriormente al desaparecido Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
El gabinete de la ministra de igualdad, al igual que el de otros ministerios, estará formado por una dirección, con rango de dirección general, y por un máximo de cinco asesores o asesoras, con rango de subdirección general; y los gabinetes de las Secretarías de Estado por una Dirección y un máximo de tres asesores o asesoras con rango de subdirección general.
Estado español – Política y género – 16 abril, 08 (AmecoPress)