Madres y padres de menores hospitalizados podrán disponer de un permiso remunerado para su atención

17 de diciembre de 2010.

Por Redacción AmecoPress

Madrid | Estado Español | Empleo y género | Políticas de Igualdad



El Ministerio de Trabajo presenta el contenido y funcionamiento de la nueva prestación


Madrid, 17 dic (10). AmecoPress. Padres y madres de menores con cáncer o alguna enfermedad de gravedad que precise hospitalización podrán acogerse a un permiso de trabajo retribuido para atender a sus hijos e hijas. Este permiso será abonado por la Seguridad Social.
 
Esta mañana se ha presentado el ‘Estudio sobre una nueva prestación de los menores enfermos de gravedad’ que desarrolla el contenido de esta nueva prestación desde sus aspectos normativos, su desarrollo técnico-jurídico, los requisitos de acceso, las situaciones protegidas que recoge, su duración y su cuantía.
 
La presidenta de Fundación Mujer, Familia y Trabajo (organización colaboradora en el estudio), Gloria Juste, ha declarado que “la necesidad de crear conciencia social junto con la de encontrar fórmulas mixtas de colaboración entre todos los agentes sociales para plasmar y dar respuesta a necesidades reales, como ésta, es el único camino para conseguir una sociedad más humana”, afirmó Juste. Hasta el momento, cuando un niño o una niña enfermaba y su padre y su madre trabajaban, uno de los dos tenía que dejar su puesto laboral para atender al menor.
 
“Nuestro estudio ha constatado las deficiencias del sistema actual de protección social”, ha explicado Dolores Carrillo, Doctora en Derecho y Coordinadora del área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Pontificia de Comillas –ICADE. “La nueva prestación, permite al padre o madre acogerse a una reducción de jornada de al menos un 50% por cuidado extraordinario de un menor; o bien, la suspensión del contrato de trabajo, a tiempo completo o a tiempo parcial”.
 
Por su parte, la doctora Blanca López-Ibor insistió en que uno de los aspectos fundamentales de esta nueva medida es que se conciba como una prestación para los casos de cuidado extraordinario y urgente de los hijos. “Se trata de situaciones temporales, extraordinarias e inesperadas en las que la presencia de los padres es vital para la recuperación del niño enfermo tanto en el periodo de hospitalización como en el tratamiento en casa”, explicó.
 
Esta nueva prestación “es buena para las familias que están atravesando una situación difícil, buena para el hijo que estará acompañado por sus padres mientras está enfermo, y también para la empresa, puesto que evita bajas sin justificación, además de contribuir a fidelizar a su empleado" ha subrayado Ana Higuera, coordinadora del estudio y responsable de las propuestas de modificaciones al Estatuto de los Trabajadores.
 
El Estudio se incorporará a la página web del Ministerio de Trabajo en el marco del programa FIPROS (www.seg-social.es) y en la web de la Fundación Mujer, Familia y Trabajo. (www.mujerfyt.org).
 
 
Fotos: archivo AmecoPress
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Estado Español - Empleo y Género - Políticas de Igualdad; 17 diciembre (10), AmecoPress
 

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