Vacío legal en torno a la esterilización forzosa de las mujeres con discapacidad intelectual
La privación del derecho a decidir sobre su cuerpo afecta a quienes están declaradas incapacitadas
Madrid, 29 abr (10). AmecoPress. El marco legislativo español permite que las mujeres con deficiencia intelectual que han sido declaradas incapacitadas puedan ser sometidas a esterilización sin contar con su consentimiento. Varias organizaciones denuncian que con esta práctica se vulneran sus derechos fundamentales y piden una regulación más estricta.
Las esterilización voluntaria, ya sea terapéutica o no, está normalizada en España para todas las mujeres. Tanto si se trata de salvaguardar su salud, como de intervenir sobre su vida reproductiva, todas las mujeres pueden decidir si desean someterse a una operación quirúrgica que les impedirá para siempre quedar embarazadas.
Así por lo menos debería ser. Sin embargo, desde el Comité Español de Representantes de Minusválidos (CERMI) denuncian en un informe de 2009 que todavía se practican estas intervenciones con mujeres adolescentes y adultas declaradas incapacitadas por su deficiencia intelectual. Ellas, en ocasiones, no llegan ni a saberlo. Son, por lo tanto, esterilizaciones forzadas.
Quienes defienden este tipo de práctica alegan factores de higiene para estas mujeres, pero sobretodo quieren evitar que puedan tener hijos. Quienes reclaman su derecho a decidir, recuerdan que todas las mujeres, independientemente de su condición física o mental, tienen derecho a decidir sobre su cuerpo y sobre su salud reproductiva.
En el informe citado, el Cermi considera que “la esterilización forzada de personas con discapacidad intelectual o mental no se puede considerar un problema legal o médico, sino más bien un problema social y una vulneración de los derechos humanos”, porque es nuestra sociedad la que comparte la creencia de que el derecho de estas personas a mantener su integridad física e inviolabilidad personal puede someterse a debate, obviando su condición de derecho fundamental.
Este organismo insta a desarrollar una reglamentación por la cual sea necesario contar con el consentimiento por escrito de la persona afectada, al mismo tiempo que trabajar en la preparación adecuada de profesionales de la salud para su tratamiento y en la información a las familias sobre una decisión de este calado.
Pilar Cid, responsable del Área de Vida Independiente y Mujer de Afanias, considera que el problema parte de la facilidad para declarar la incapacidad de una persona con minusvalía intelectual, sin atender al grado que presente.
Critica la tendencia, a pesar de la Ley de Autonomía Personal de 2006, a vulnerar el disfrute de ésta y considera que las mujeres discapacitadas intelectuales “si no pueden tener hijos es porque son pobres”.
Derechos Humanos iguales para todos
En defensa del respeto a la voluntad de las afectadas se propugna la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Diversidad Funcional.
Este documento establece en su artículo 6.1 la defensa de la libertad de las mujeres con discapacidad. “Los Estados Partes tomarán todas las medidas pertinentes para asegurar el pleno desarrollo, adelanto y potenciación de la mujer, con el propósito de garantizarle el ejercicio y goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales establecidos en la presente Convención”.
Y en su artículo 5.3 reconoce que “Los Estados Partes garantizarán que los niños y las niñas con discapacidad tengan derecho a expresar su opinión libremente sobre todas las cuestiones que les afecten, opinión que recibirá la debida consideración teniendo en cuenta su edad y madurez, en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas, y a recibir asistencia apropiada con arreglo a su discapacidad y edad para poder ejercer ese derecho”.
Fotos: archivo AmecoPress
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Estado Español - Salud Reproductiva - Salud y Género; 29 abril (10), AmecoPress