El Congreso aprueba la nueva Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo

18 de diciembre de 2009.

Por Gloria López

Madrid | Estado Español | Salud reproductiva | Debates | Aborto





Madrid, 18 dic. 09. El Pleno del Congreso aprobó ayer el proyecto de reforma de la Ley del Aborto con 184 votos a favor, 158 en contra y una abstención. La nueva Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo sitúa en los 16 años la mayoría de edad para decidir sobre la interrupción del embarazo y lo liberaliza hasta las 14 semanas, y que se autorice hasta las veintidós semanas si hay riesgo para la salud de la madre o malformación del feto.

La ley fue apoyada por el partido socialista, en el gobierno, el nacionalista vasco PNV y otros diputados nacionalistas catalanes y gallegos, y ahora debe ser votada en el Senado para su aprobación definitiva.

Santiago Barambio, presidente de la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (Acai), en declaraciones a AmecoPress, ha mostrado su satisfacción con la nueva ley que considera “adecuada a las necesidades de la población española y en particular de las mujeres que es lo más importante”.

Tomando como referencia el marco europeo, Barambio considera que “la ley española es una de las más avanzadas y garantizará que las mujeres de nuestro país no se vean obligadas a salir de España para abortar, como sucede con un amplio porcentaje de mujeres de Francia, Bélgica, Italia o Alemania”.

El presidente de Acai ha señalado que “nosotros consideramos tres aspectos de la ley que deben ser clarificados en el reglamento posterior para garantizar la seguridad jurídica de las mujeres y de los profesionales”.

Jóvenes entre 16 y 18 años

El primero de ellos se refiere a las menores de edad. Para su aprobación, el proyecto de ley tuvo que modificar uno de sus puntos más polémicos, que las jóvenes entre 16 y 18 años podrían interrumpir un embarazo sin informar previamente a sus padres. Así, en la ley se incluyó "la obligatoriedad de informar de la intervención al menos a uno de los padres, tutores legales o en su caso los ostentadores de la patria potestad de las embarazadas de 16 y 17 años". Sin embargo se incluyó una excepción para no informar a los progenitores: si la transmisión de esta información pone en peligro a la menor.

Según Santiago Barambio, “no queda claro como las menores deben realizar esta notificación, si basta con comunicarlo verbalmente, si necesitan una notificación escrita…ni tampoco cómo se resolverán aquellos casos en los que estas mujeres manifiesten que puede tener problemas si se lo comunica al padre, la madre o el tutor”.

Indefiniciones jurídicas

Otro de los aspectos que no queda resuelto en la nueva ley, desde el punto de vista de Acai, es cómo se entiende y cómo se cuantifica la palabra gestación. “Esto debe ser aclarado”, explica Santiago, “porque es una indefinición jurídica que puede convertirse en un problema para los profesionales y para las mujeres”.

Por último, el profesional ha señalado que el texto de la nueva Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo “no aclara bien a qué se refiere con médico especialista, porque especialidades médicas hay muchas. Para nosotros es importante que los profesionales que realicen abortos tengan acreditada una formación específica en el aborto”.

El proyecto de reforma de la Ley del Aborto aprobado ayer en el Congreso regula además la objeción de conciencia de los médicos, en un intento de mejorar la calidad asistencial de la práctica del aborto en todo el Sistema Nacional de Salud.

Además, la formación sexual formará parte de la educación general de los escolares y los profesionales sanitarios estudiarán en la Universidad la interrupción voluntaria del embarazo.

Fotos AmecoPress. Pie de foto: Manifestación a favor del aborto libre

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Estado español – Debates – Aborto – Salud reproductiva; 18 dic. 09; AmecoPress

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