“La formación obligatoria y transversal en materia de género es sinónimo de Justicia de calidad”
Madrid, 15 feb. 18. AmecoPress.- El pasado 12 de febrero diversas organizaciones de mujeres realizaron una rueda de prensa para denunciar el “doble maltrato” que reciben las víctimas de violencia de género debido a la falta de compromiso y las diferentes actuaciones arrolladoras por parte del sistema judicial español. Las asociaciones anunciaron que llevarían sus quejas ante la comisión disciplinaria del CGPJ. La respuesta de algunas asociaciones judiciales no se hizo esperar: mostraron públicamente su “apoyo” a quienes imparten justicia y apelaron a la “independencia judicial”. También la Asociación de Mujeres Juezas de España ha expresado su opinión: es necesario aunar esfuerzos para construir una Justicia real y efectiva que permita eliminar cualquier tipo de discriminación, especialmente por razón de género.
Uno de los reclamos fundamentales de quienes diariamente acompañan a las mujeres en su paso por los juzgados, es la formación específica de los y las agentes judiciales. Mientras asociaciones judiciales como la Asociación Profesional de la Magistratura, la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Juezas y Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente defienden que “los miembros de la Carrera Judicial destinados en órganos con competencias en violencia sobre la mujer, gozan de una formación específica sobre la materia”, por lo que “España es referente internacional por contar con este tipo de órganos judiciales especializados”. Sin embargo, esto no es cierto: Naciones Unidas condenó a España por no actuar con la diligencia debida en el caso Ángela González Carreño. El Comité consideró que España no había cumplido con sus obligaciones y recomendó a nuestro país “proporcionar formación obligatoria a los jueces y personal administrativo competente sobre la aplicación del marco legal en materia de lucha contra la violencia doméstica que incluya formación acerca de la definición de la violencia doméstica y sobre los estereotipos de género, así como una formación apropiada con respecto a la Convención, su Protocolo Facultativo y las recomendaciones generales del Comité, en particular la recomendación general núm. 19”.
“La formación obligatoria y transversal en materia de género es sinónimo de Justicia de calidad”, resalta la Asociación de Mujeres Juezas en un comunicado. Y recuerda que las medidas al respecto que se recogen en el Pacto de Estado, “frustrado” por “acontecimientos políticos”. Expresamente el pacto recoge en el punto 5, el “Impulso de la formación que garantice la mejor respuesta asistencial”, la medida 158: “Ampliar la formación especializada que reciben los y las profesionales de la Administración de Justicia, y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en materia de prevención de la violencia de género y en materia de trata, llevando estos contenidos también a los jueces y juezas de familia y de menores, además de a los juzgados especializados en violencia de género. Estructurarla en planes que contemplen una formación transversal, estable, multidisciplinar y evaluable”.
Gloria Poyatos, presidenta de la Asociación de Mujeres Juezas de España, insiste, en declaraciones para AmecoPress, que “faltan medios” y que “la sobrecarga judicial es enorme” e impide garantizar una justicia de calidad. Ahora bien, evitar la “violencia institucional” es responsabilidad del Estado, de los poderes públicos (del Consejo General del Poder Judicial, del Ministerio de Justicia y de las Comunidades Autónomas con competencias cedidas en materia de Justicia).
“A propósito de la campaña de denuncias sistemáticas frente a la actuación de determinados órganos judiciales, consideramos que no se deben personalizar las disfunciones que aún existen, pues estas son estructurales y tienen causa directa en la falta de medios personales y materiales, falta de implementación de medidas concretas en materia de formación obligatoria en género, determinación de cargas judiciales máximas de trabajo razonables y especialización de los juzgados”, asegura AEMJ en su comunicado.
Propuestas:
Esta organización ha propuesto en diversas ocasiones una serie de medidas contra la violencia de género entre las que destacan por su relevante conexión con el propósito de mejora de nuestra Administración de Justicia y la Respuesta Institucional en materia de violencia de género las siguientes:
– Abordar una reforma del Código Penal y de la normativa procesal que, en consonancia con el Convenio de Estambul, de un tratamiento específico a los delitos en cuya comisión se aprecia una claro origen machista fundado en la cosificación y discriminación de la mujer y ello tanto en el ámbito de la pareja como fuera de ella.
– Reforma del Estatuto de la Víctima con el fin de que se reconozca la consideración como tal y se extienda la totalidad de su régimen jurídico a los y las menores descendientes de aquellas mujeres que hayan sido víctimas de algún tipo de violencia machista.
– Abordar las reformas procesales necesarias en relación a la actual regulación de la dispensa de declarar en los casos de víctimas de delito así como nuestra legislación penal en relación con las atenuantes de confesión y reparación.
– Modificación de la LOPJ y de la Ley de Demarcación y Planta con el fin incrementar el número de Juzgados Exclusivos en materia de Violencia contra la Mujer cuya competencia deberá extenderse a todos los delitos machistas y no sólo los cometidos en el ámbito de la pareja, garantizando y condicionando esta competencia, en todo caso, a que la carga de trabajo que asuman permita un tratamiento individualizado y profundo de cada caso.
– Ofrecer en casos de violencia de género no denunciada medios de protección, información de calidad y soporte asistencial digno y coherente con la situación de la mujer, no haciendo de la denuncia la única vía posible de acceso a información, asistencia y ayudas.
– Para los casos judicializados, reclamamos más medios materiales y personales, así como una organización judicial racional y adaptada a las cargas de trabajo.
– Efectivos policiales especializados y disponibles 24 horas, los 365 días del año para atender casos de violencia machista en la totalidad del territorio nacional.
– La constitución y rápida implantación de equipos multidisciplinares con formación específica integrados por profesionales de la abogacía, fiscalía, medicina y psicología forense, judicatura, policía y letrados/as de la administración de Justicia que orienten, coordinen y aseguren la correcta respuesta en casos de criminalidad machista durante todas las fases del proceso.
– Instauración de equipos de acompañamiento integral a la víctima constituidos por profesionales especializados e integrados dentro de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas.
– Mejora del sistema de seguimiento integral de casos de violencia de género y detección policial del riesgo (Viogen) incorporando también la valoración del agresor y la situación de las/os hijas/os, no limitándose sólo a los riesgos de agresión física.
– Aumento de los recursos sociales para poder derivar a las mujeres y a sus hijas e hijos incrementando el número de casas de acogida, pisos tutelados y puntos de encuentro familiar. Recuperar las competencias y dotar económicamente de forma suficiente a las entidades locales en materia de asistencia a las víctimas con el fin de que puedan ponerse en marcha recursos suficientemente dotados y accesibles para ellas
– Formación obligatoria y especializada en género para franquear los prejuicios y estereotipos, de todos los estamentos de la justicia, fiscalía, judicatura, forensía, abogacía y personal al servicio de la administración de justicia para integrar realmente la igualdad y promover una justicia con perspectiva de género como principio transversal que cruza todo nuestro sistema de justicia.
Foto: AmecoPress.
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Estado Español – Legislación y género – Violencia de género – Maltratos –Formación en género. 15 feb. 18. AmecoPress.