La Plataforma por los Derechos Trans pide consenso político
Madrid, 21 octubre. 15, AmecoPress. Dirigentes de las fuerzas políticas estatales como el Partido Popular, PSOE, Izquierda Unida y Podemos se han reunido con los representantes de esta plataforma para conocer cuáles son las demandas del colectivo Trans.
La Plataforma por los Derechos Trans #NadieSinIdentidad convoca a los partidos políticos para mostrarles su Propuesta de Ley Estatal de Identidad Sexual y Expresión de Género. Su principal objetivo es conseguir la igualdad en derechos del colectivo Trans con el resto de los ciudadanos. Para ello creen necesario crear una ley que se base en la libre autodeterminación de la identidad y la despatologización de la transexualidad.
Para conseguir dicho fin, han realizado una serie de reuniones con las principales fuerzas políticas estatales reivindicando así ‘el respeto efectivo a la dignidad y a los derechos fundamentales de las personas transexuales’, ‘eliminar la necesidad de acreditar la identidad sexual a través de informes psicológicos o psiquiátricos’, ‘extender ese derecho a las personas intersexuales y a aquellas con expresión de género no binaria’ e ‘implantar medidas de protección y contra la discriminación con razón de identidad sexual’.
Dirigentes del Partido Popular, Izquierda Unida, PSOE y Podemos se han reunido ya con representantes de la Plataforma por los Derechos Trans. Estos últimos expusieron su preocupación por la situación actual de las personas transexuales, sobre todo en la infancia y adolescencia, y para solucionarlo le hicieron entrega de la Propuesta de Ley Estatal de Identidad Sexual y Expresión de Género. Además de pedir a los dirigentes de cada partido político que hicieran suyas las demandas de este colectivo.
Propuesta de Ley
Los representantes de la Plataforma por los Derechos Trans #NadieSinIdentidad pone sobre la mesa la Propuesta de Ley de Identidad Sexual y Expresión de Género en la que exponen lo siguiente:
“La presente ley tiene como objeto reconocer los derechos a la identidad sexual y expresión de género, así como prever una serie de prohibiciones, infracciones y sanciones tendentes a protegerlos, tratando de erradicar toda forma de discriminación por razón de identidad sexual o expresión de género, así como las conductas que menoscaban la dignidad de las personas por razón de identidad sexual o expresión de género. (...)
(...) La Ley advierte expresamente que las personas menores de edad también son titulares del derecho a la identidad sexual. Los menores transexuales fueron excluidos expresamente de la Ley 3/2007, lo que lejos de atender a su interés superior tal y como impone a los órganos legislativos la Convención sobre los Derechos del Niño, les ha obstaculizado el respeto a sus derechos fundamentales, que han quedado menoscabados al obligarles a exponer públicamente que su nombre y sexo registral no coinciden con el sexo que sienten y muestran. Esta ley los incluye sin distinción junto al resto de las personas transexuales, siendo la única peculiaridad que deban actuar a través de sus representantes legales, salvo que reúnan las suficientes condiciones de madurez, al igual que el resto de los menores. Como se ha expuesto, sólo reconociendo el derecho a la identidad sexual autopercibida, será posible que el desarrollo de la personalidad de los menores conforme a su identidad sexual sea verdaderamente libre. (...)
(...) En el ámbito social y laboral, siguiendo las consideraciones contenidas en la Resolución del Parlamento Europeo, de 8 de octubre de 2015, sobre la aplicación de la Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación,... se incluyen como “nuevas formas de discriminación” las basadas en la identidad sexual mencionando además aquellas relativas al estilo de vida.
(...) Esta ley tiene por objeto:
a) Garantizar el derecho a la identidad sexual de las personas transexuales e intersexuales, así como el derecho a la libre expresión de género, haciendo posible el respeto a su dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad conforme a su identidad sexual, así como el respeto a su vida privada.
b) Erradicar toda forma de discriminación por razón de identidad sexual o expresión de género, así como las conductas que menoscaben la dignidad de las personas por razón de identidad sexual o expresión de género, estableciendo al efecto un régimen de infracciones y sanciones.
c) Prever medidas de discriminación positiva que faciliten la inclusión social de las personas transexuales.”
Foto: Plataforma por los Derechos Trans #NadieSinIdentidad
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Estado Español – Política – Sociedad – Políticas Igualdad – Sexualidades – Legislación y género; 21 octubre. 15. AmecoPress