El Estado español dice que no se disculpa porque los Dictámenes de Naciones Unidas “no son vinculantes”
Madrid, 28 julio. 15, AmecoPress. En el día de ayer, 27 de julio, Women’s Link recibió del Ministerio de Justicia la desestimación de un recurso extraordinario de revisión. El Ministerio argumenta que no le otorgan a Ángela González Carreño ninguna indemnización ni reparación económica porque los Dictámenes de los Comités de Naciones Unidas “no son vinculantes” para el Estado español, basándose en un Dictamen del Consejo de Estado. En agosto de 2014 la ONU determinó que había habido negligencia policial y judicial en el caso de la hija de Ángela, que denunció hasta 48 veces a su exmarido por malos tratos y pidió que le prohibieran visitar a la hija que tenían juntos hasta que en una visita sin vigilancia él mató a la niña y se suicidó.
Por otro lado, ayer también se publicaron las observaciones finales del Comité CEDAW con motivo del examen al Estado español que le hicieron a principios del mes de julio frente a su cumplimiento con las obligaciones adquiridas con la Convención CEDAW.
En esas observaciones el Comité CEDAW es muy crítico con el Estado español por la falta de seguimiento de las recomendaciones del Dictamen en el caso Ángela González Carreño España. En su observación número 11 pide al estado que tome medidas apropiadas para la implementación de estas recomendaciones. En su observación número 20 el Comité CEDAW se muestra especialmente preocupado por el número de niñas y niños asesinados por sus padres violentos durante el régimen de visitas, según el Comité entre el año 2008 y 2014 han muerto asesinados 20 menores.
“La decisión de no cumplir los compromisos internacionales adquiridos libremente por el Estado español cuando firma y ratifica los convenios y los protocolos es totalmente inaceptable. La desidia del estado en el caso de Ángela González constituye una vergüenza para quienes creemos que España está comprometida con la garantía de los derechos humanos”, comenta Viviana Waisman, Presidenta de Women’s Link.
Existen ejemplos de otros estados, como Brasil, Perú, Bulgaria, Turquía, Hungría, en los que el Comité CEDAW ha emitido dictámenes y recomendaciones. Estos estados no sólo han cumplido con lo recomendado mostrando un compromiso real y efectivo con la defensa de los derechos humanos y la no discriminación hacia las mujeres y las niñas, sino que también han reparado económicamente a las demandantes.
“Esperamos que el estado aproveche esta oportunidad para demostrar que la lucha contra la violencia machista es una prioridad para España e implemente las recomendaciones hechas por la CEDAW y mejore así las herramientas que existen actualmente para luchar contra la violencia de género y volver a ser un ejemplo para otros países”, señala Viviana Waisman de Women’s Link.
Una oportunidad para el Estado español
A principios del mes de agosto de 2014, Women’s Link daba a conocer el fallo del Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) en el caso de Ángela González, mujer víctima de violencia de género, y su hija Andrea. En su dictamen, dice la nota, el Comité explica de manera contundente que la negligencia de los agentes estatales dio lugar a la muerte de la hija de Ángela por el maltratador y condena al Estado por no proteger a ella y su hija, no castigar al maltratador y no investigar ni indemnizar a Ángela por los daños causados.
Este fallo es solo un ejemplo de la utilidad de CEDAW como instrumento viable, válido y legítimo para recurrir en caso en que la justicia de un Estado miembro actúe con negligencia contra los derechos de las mujeres. Desde la Plataforma CEDAW Sombra España se han hecho eco de un artículo reciente de la abogada Gemma Fernández Rodríguez de Lievana en el que destaca:
“En su dictamen, el Comité le formula recomendaciones al Estado, que incluyen una reparación adecuada a Ángela e investigar de forma exhaustiva e imparcial las estructuras y prácticas estatales para determinar los fallos que ocasionaron la falta de protección. A nivel estructural, el Comité establece dos medidas muy interesantes y con gran potencial para el contexto español. La primera, la necesidad de que se tomen en cuenta los antecedentes de violencia doméstica a la hora de determinar los derechos de visita, de modo que se asegure que estos no ponen en peligro la seguridad de las mujeres ni la de sus hijos e hijas. Y la segunda, la obligatoriedad de la formación para jueces y juezas y personal administrativo competente sobre la aplicación del marco legal en materia de lucha contra la violencia doméstica que incluya formación sobre los estereotipos de género”.
El Consejo de Estado destaca ahora que el dictamen de la ONU "no tiene carácter vinculante" y que no obliga a indemnizar a la madre, que había denunciado al asesino en treinta ocasiones. Desde la organización que lleva el caso de Ángela recuerdan que “la indemnización económica es lo de menos” y que es “lamentable” que “nadie (representantes institucionales del Estado) se haya sentado con esta mujer a disculparse y saber cómo está”. Desde el comienzo, la lucha de esta madre ha pretendido contribuir a que su caso no vuelva a repetirse. Sin embargo, como el mismo informe del Comité CEDAW alerta, “sigue siendo alto el número de niños y niñas asesinados durante el régimen de visitas”.
Fotos: archivo AmecoPress
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Estado español – Violencia de género – Feminismo – Movimiento feminista –Derechos Humanos – Infancia; 28 julio. 15. AmecoPress